martes, 11 de septiembre de 2018

Justicia provincial: cuáles son los conflictos que sí o sí deberán tener mediación

Lo más importante


  • Será obligatoria para causas en lo Civil y Comercial la instancia previa de resolución de conflictos.
  • Cerca de 12 mil causas al año pasarán por mediaciones para intentar no llegar a la Justicia.



Demandas por daños y perjuicios, intimidad, discriminación, incumplimiento de contrato, recuperación de posesión y suspensión de obra.

También las relativas a la imagen de la persona, derechos honoríficos, competencia desleal y propiedad intelectual.

A partir de los primeros días de noviembre, los conflictos competentes al fuero Civil y Comercial no podrán ser demandados sin pasar antes por un proceso de mediación que buscará lograr un acuerdo entre las partes.

Excluidos de esta etapa quedarán las acciones de divorcio, nulidad matrimonial, adopción, procesos de declaración de incapacidad o de capacidad restringida y del cese, amparos, habeas corpus, medidas preparatorias y prueba anticipada, juicios de usucapión en la etapa preparatoria, medidas cautelares y autosatisfactivas y juicios sucesorios.

Entre otros, también quedan excluidos los actos de jurisdicción voluntaria, concursos y quiebras, cuestiones de violencia de género y causas en las que el Estado sea el demandado.

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